sábado, 5 de noviembre de 2016

ORGANIZACIÓN GUAJIRA 360º RECUERDA QUE GOBERNANTES ESTÁN OBLIGADOS A RENDIR CUENTAS

Ha llegado noviembre del 2016 y con él se acerca el cierre del primer año de los gobiernos territoriales del período institucional 2016-2019. Aunque la evaluación y seguimiento es un proceso diario que enriquece el ciclo de planeación de las entidades, durante el presente mes se consolida el arranque formal de la revisión del grado de ejecución y cumplimiento del Plan de Desarrollo por parte de los alcaldes y  gobernadores, el cual  se cierra con el acto de  rendición pública de cuentas  a los ciudadanos en  febrero de 2017.
Es el cierre del ciclo de planeación y ejecución del primer año de  gestión, que permite iniciar y ajustar lo que será el segundo año en función de los aprendizajes heredados del proceso.
Dentro del  ciclo de planeación y gestión de las entidades territoriales, la rendición de cuenta debe ser entendida como un proceso  estructural  que incorpora  el seguimiento, la evaluación y rectificación.
Como resultado de  su aplicación, los ciudadanos esperan mejorar la generación de bienes y servicios sociales que brindará la administración durante el nuevo año.

Finalmente, el Estatuto Anticorrupción (Ley 1474 de 2011) en su artículo 78 establece que todas las entidades y organismos de la Administración Pública tienen la obligación de desarrollar su gestión acorde con los principios de democracia participativa y democratización de la gestión pública. 
Por lo tanto, la rendición de cuentas en los gobiernos territoriales, hace  parte integral  de ellos,  dado  que propicia espacios para socializar y retroalimentar a la gestión pública.

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