El litigio
limítrofe que tiene Valledupar deja como pretensión obtener el 33,2 por ciento
del territorio de San Juan del Cesar, queriendo lograr los caseríos de
Caracolí, El Totumo, La Junta, Lagunita, Los Haticos, Potrerito, Sabanagrande,
Villa del Río, La Peña, Los Cardonales, Guamachal, El Barcino y Carrizal, aquí
en esta primera entrega y las siguientes muestro el escenario del diferendo.
1. El concejal de
Valledupar, Wilber Hinojosa Arias (q.e.p.d.) y el diputado del Cesar, Gustavo
Guerra, presentaron en el año 2012 una proposición, en la respectiva
corporación a la que pertenecen, convocando el análisis y la actuación de las
autoridades competentes para que se clarificaran los límites entre los
municipios de San Juan del Cesar.
Ante la situación
litigiosa, fue elevada la Proposición N° 001 de 2012 en la Comisión Especial de
Seguimiento al Proceso de Descentralización y Ordenamiento Territorial por
parte del representante a la Cámara por el Cesar, Juan Manuel Campo Eljach,
solicitando la realización de una audiencia pública en el corregimiento de
Patillal, municipio de Valledupar y su intervención para dar trámite al proceso
pertinente y dar solución del diferendo.
ANTENDECENTES
2. Mediante oficio
de fecha octubre 14 de 2012 el director del Igac le informó a la Cámara de
Representantes sobre el estado de los límites entre el Cesar y La Guajira.
3. En este oficio
el Instituto explica lo siguiente Ordenanza 004 de 1888 Asamblea Magdalena,
Distrito San Juan del Cesar se compone de las secciones de La Esperanza, Corral
de Piedra, Caracolí, Guayacanal, El Rosario y la Sierrita. Distrito de Valledupar
se compone por las secciones de Valencia de Jesús, San Sebastián de Rabago, Atánquez,
Patilla, Badillo, Jagua del Pedregal y Venados.
Ordenanza 038 de
1912 límites entre San Juan del Cesar y Valledupar Serán los señalados en la Ley
279 de 1874 del extinguido estado del Magdalena así: a partir del punto en que
por el lado del sudeste limita actualmente Valledupar con Villanueva, línea
recta pasando por Sabanalarga, hasta llegar al manantial del Cerro El Higuerón,
de donde sigue también en línea recta, hasta Tembladera en el camino de la
Junta a la Despensa. De tembladera hasta tocar en el punto más cercano los
límites del territorio nacional de la Nevada.
Esta Ordenanza fue
reformada por la Ordenanza 063 de 1912, 006 de 1914 y finalmente derogada por
la Ordenanza 055 de 1924. La Ordenanza 040 del 26 de abril de 1915 determina
los límites mediante una descripción igual a la Ordenanza 038 de 1912, pero fue
derogada por la Ordenanza 030 de 1916.
4. La Ley 19 de
1964, por la cual se crea el Departamento de La Guajira, enumera los municipios
que lo integran pero no señala los límites. Lo mismo ocurre con la Ley 25 de
1967 por la que se crea el Departamento del Cesar. De lo anterior el oficio
concluye: las leyes que crearon los departamentos de La Guajira y el Cesar no
describen los límites.
La Asamblea del
Magdalena que tenía la competencia para fijar los límites expidió una serie de
ordenanzas con textos poco claros que se modificaban y derogaban unas a otras
dando lugar a interpretaciones diferentes por parte de los departamentos,
municipios, el Dane, el Igac, la Registraduría, etc.
A partir de 1976 el
Igac definió los límites y ha publicado los mapas del Cesar y La Guajira con un
límite unificado, manteniendo el trazado inalterable hasta hoy.
LÍMITES
TRADICIONALES
5. Tradicional se
define como: (diccionario Word Refence) 1. De la tradición o relativo a ella:
una celebración tradicional. 2. Habitual, acostumbrado. 3. Es cada uno de
aquellos acervos que una población considera dignos de constituirse como una
parte integral de sus usos y costumbres. La tradición suele versar
genéricamente sobre el conocimiento y también sobre principios o fundamentos
socio-culturales selectos, que por estimarlos especialmente valiosos o
acertados se pretende se extiendan al común, así unas generaciones los
transmitirán a las siguientes a fin de que se conserven y perduren, se
consoliden. También se llama tradición a los patrones que pueden formar idiosincrasias,
como las tradiciones: egipcia, griega, romana, etc. El cambio social altera el
conjunto de elementos que forman parte de la tradición
6. El Departamento
de La Guajira señaló que debe usarse el término de “tradicional” y no “dudoso”,
dado que si bien no hay una descripción literaria de los limites, si existe una
descripción gráfica o cartográfica acotada en coordenadas geográficas exactas
que ha sido la base oficial para delimitar los dos departamentos y que es la
que usa todas las instancias del Estado colombiano para sus respetivas
competencias (Igac, Dane, Minminas, Minagricultura, Corporaciones Autónomas
Regionales del Cesar y de La Guajira, Incora (hoy Incoder), resguardos,
Fundación Prosierra Nevada de Santa Marta, Mindefensa, alcaldías y departamentos,
e incluso sistemas de información geográfica como Google Earth, etc., todas
fundamentadas en la cartografía oficial del Igac.
7. El Departamento
de La Guajira es más antiguo que el Cesar, cuando se creó La Guajira, el Cesar no
existía. Los límites de creación de La Guajira fueron con el Departamento del
Magdalena. Por lo tanto los límites válidos son los de San Juan del Cesar (La Guajira)
y Valledupar (Magdalena), antes de 1967.
escribió:
Mauricio Ramírez Álvarez