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domingo, 12 de noviembre de 2017

LO QUE NO TIENE NOMBRE

Aunque vienen a mi mente situaciones particulares, es propicio el momento para escribir sobre dos expresiones que al final no se encuentran, ya que una es motivo de alegría y la otra de dolor humano.
Primero nos referiremos a la noticia emitida hace unos días, en donde la Real Academia Española (RAE) va a incluir el término vallenato en su repertorio, el cual cayó como anillo al dedo para mencionar aquellos insucesos que aún en nuestro vocablo carecen de nombre o inclusive, de alguna definición.
Ya sabemos que desde el próximo diciembre la caja, guacharaca y acordeón sonarán en el diccionario de la RAE. Eso, sumado al reconocimiento que la Unesco en 2015 otorgó como Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad, logra salvaguardar las costumbres y la raíz vertebral de la música vallenata.
Por mucho tiempo estábamos esperando esta decisión proveniente de la península ibérica para que quedara en la posteridad dicho vocablo, llamado coloquialmente como el género musical que nos distingue en gran medida a los costeños y porque no decirlo, a los colombianos ante el mundo.
Siempre se discutió acerca de la procedencia de la música de acordeón, pero creo que ha quedado zanjado el debate por nuestros académicos que atinan en manifestar el lugar de su cuna la cual se erige desde la provincia de Padilla y que, ha tenido desarrollo en las estribaciones de la Sierra Nevada de Santa Marta, la serranía del Perijá y el río Ranchería, llegando a cada municipio con sus particularidades, lo cual implica una suma de intenciones, para llegar a un todo conocido en el mundo como vallenato.
A pesar de su importancia cultural y folclórica, si se hacía necesaria la inclusión de la terminología a fin de darle un nivel académico necesario y como dijo el maestro Andrés Beleño que representará un aporte muy sensato.
Enhorabuena! Que se siga valorando lo que a muchos impulsores y juglares les ha costado sudor y lágrimas, del ritmo musical que más ha prestado sus canciones para ser grabadas en otros idiomas.
Pero si bien la música de acordeón encontró respuesta al clamor regional, resulta que hay otra palabra la cual aún desconocemos los seres humanos y que hace necesario el análisis por parte de la RAE y su pronto esclarecimiento.
Cuando fallece nuestra esposa o esposo quedamos viudos, cuando mueren nuestros padres somos huérfanos y aún la RAE, no ha dado para descifrar el estado que queda un padre o madre cuando fallece alguno de sus hijos. ¿Cómo se llamara? No sabemos, sin embargo quienes han transitado por esos episodios manifiestan que es un dolor tan inconmensurable que no tiene nombre. Sólo puede ser sobrellevado con el amor de Jesucristo, familiares y amistades.
Lo anterior encuentra sustento en que los hijos son quienes en el corazón de sus padres ocupan el lugar de máximo amor. Piedad Bonnet en su libro relata con sentimientos desgarradores y sinceros, lo que no tiene nombre.
En realidad es un término y una definición no definida, inconexos, pero que a raíz de la buena nueva también se hace vital conocer el nuevo estado civil que incurre un progenitor por la pérdida de su prohijado.

escribió:
Roger Romero Pinto
rogermarioromeropinto@hotmail.com

martes, 24 de octubre de 2017

LA TRAMPA DE LA INFORMALIDAD

Parece que en Colombia, tenemos dos realidades. Una realidad formal, de derechos a la seguridad social, de derechos tutelables y otra informal, que va en aumento desmedido.
Hoy, más de la mitad de los trabajadores colombianos se encuentran en el sector informal, es decir, donde se elude la regulación legal y el control fiscal y contable del Estado. Significa esto, que esos millones de compatriotas están desprotegidos ante riesgos como la enfermedad y la vejez, además de las inadecuadas condiciones de trabajo.
Lo preocupante del asunto es que la informalidad crece en medio del estancamiento económico y los instrumentos laborales cada vez más sufren los embates de la poca significación que se le ha dado a profesiones, oficios o labores.
El Banco de la República y demás centro de pensamientos económicos durante los últimos tiempos han hecho estudios al respecto para buscarle salidas al frenético desempleo y aumento de la informalidad en nuestro país. Uno de esos estudios recientes indica que la fórmula para atacar la informalidad en nuestro país, es que el gobierno expida un salario mínimo diferencial. Es decir, de acuerdo a cada región así sería el ingreso de cada trabajador.
Ciudades como Pasto, Villavicencio, Ibagué, Armenia, Neiva y no podía faltar Riohacha entre otras, hacen parte de ese grupo de capitales donde la informalidad viene creciendo como espuma mientras el mercado laboral formal no tiene buen funcionamiento y las autoridades miran expectantes.
La propuesta soltada hace unos días por el banco emisor no resulta descabellada y la compara con aquellos países como Inglaterra, Italia, Alemania y Finlandia donde sus sistemas de gobierno no tienen un presidencialismo tan marcado como el colombiano y son Estados unitarios regionales con autonomías de sus regiones que han adquirido tanto peso e importancia que obligan al gobierno central a diferenciar el ingreso mínimo mensual y demás políticas públicas teniendo en cuenta las particularidades propias de cada región.
Aún Colombia después de 26 años de expedida su Constitución Política, es un país que no ha hecho tránsito a profundizar la descentralización y autonomía de sus regiones e incipientemente se empezó a hablar de regiones administrativas y de planificación posterior a la expedición de la Ley 1454 de 2011. Las llamadas RAP por ejemplo, es un primer paso en busca de catalizar los proyectos e iniciativas regionales, de administrar y ejecutar sus propios recursos, a pesar de la agobiante centralización que hemos vivido por más de 200 años.
Ahora bien, en el caso del Distrito Turístico y Cultural de Riohacha mientras no se ponga en marcha toda la contratación anunciada por la alcaldesa, los recursos públicos guardados en bancos difícilmente dinamizaran la economía local como primer renglón que activa el mercado. Sin embargo, una simplificación seria de normas, combinada con un sistema sancionatorio local a lo informal más que a lo formal, serían algunos pasos en dirección correcta que tanto la burgomaestre como los concejales podrían iniciar para ir contrarrestando la informalidad en la ciudad.
La tarea de formalizar más la economía no es fácil, sobre todo con ciertos procederes tan arraigados en la cultura, los cuales requieren de esfuerzos educativos y culturales de largo aliento para solucionarlos.
Punto Aparte: el procurador General de la Nación se apersonó de la grave situación que sufren usuarios del sistema de salud y empezó a tomar acciones. Lo de Medimás es la punta del iceberg que paulatinamente viene derritiéndose. Ya las EPS ni con tutela y desacato le temen al arresto para cumplir servicios de salud o pagar prestaciones sociales.

escribió:
Roger Romero Pinto

viernes, 6 de octubre de 2017

COLOQUIO ENTRE IGUALES

Se atribuye a Bernard Shaw aquello de que lo único que aprendemos de la historia es que el hombre nunca aprende nada de la historia. Colombia ha sufrido en cada momento los errores de no entender los procesos de regionalización o la autonomía regional.
Una de las realizaciones más importantes, y frustrantes, ha sido la puesta en marcha del ordenamiento territorial que estableció la Constitución Política. El espíritu de los constituyentes se concentró en buscar criterios sólidos para proponer una mejor organización del territorio, más acorde con realidades históricas, culturales y sociales.
En estos días el debate mundial se ha centrado en la intención de separación de la comunidad autonómica de Cataluña. España tiene un sistema de gobierno alrededor de una monarquía constitucional que se desarrolla bajo un Estado regional, a diferencia de lo que conocemos como Estados federales o sistemas presidencialistas.
Mientras los catalanes insisten a través de los mecanismos democráticos en su separación, echando un vistazo al caso colombiano, luego que se tramitara la iniciativa para implementar las Regiones Administrativas de Planeación, RAP como institución jurídica establecida por el Congreso de la República, varios de los gobernadores de la región Caribe quedaron desinflados por la carta centralista que raudo expidió el ministro de Hacienda, Cárdenas.
Como quien dice, le cortó las alas al ánimo de integrarse sin que aún el esfuerzo territorial tenga las reglas claras para cada uno de los siete departamentos.
En Colombia no se le para bolas a las regiones -solo en elecciones- y en la medida que la miran, en muchas ocasiones, es para estigmatizarlas o intervenirle sus unidades ejecutoras tal como ha sucedido en algunos departamentos entre ellos La Guajira con la educación, salud y PDA (Plan Departamental de Agua).
La autonomía que hace décadas reclaman las provincias de Colombia, se debe no sólo al abandono de los gobiernos centrales sino a la falta de interpretación de las necesidades locales que difícilmente se entienden desde un frío escritorio bogotano. La discusión debe partir en cómo hacer frente a esa dualidad administrativa y económica entre el centro y las costas. En los diferentes foros o debates que se han programado por estos días, se deben llevar posiciones antagónicas jurídicas y técnicas donde se evalúen ambos escenarios.
La RAP per se no me parece mala, ya que nacería bajo un cuadro de fragmentación de la región Caribe y en este sentido articularia una organización de concertación política, pero al mismo tiempo justificando dentro de esos espacios de diálogos, sus bondades para cada uno de los entes territoriales que la integren.
Hay que centralizar la política y descentralizar la economía; ha llegado el momento de una auténtica descentralización administrativa del gobierno nacional tal como lo establece el artículo 1° de la Constitución Política, sin que ello conlleve salir de la asfixiante Bogotá para meternos en Barranquilla. El coloquio debe darse entre iguales ya que este es un país de regiones con comportamientos centralistas y punto.
No es posible con ejemplos tan sencillos, que una licencia marítima o las decisiones sobre puertos se dé a 2.600 metros sobre el nivel del mar y no en las costas.

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Roger Romero Pinto

lunes, 2 de octubre de 2017

FALSOS AUTÓNOMOS

Los jóvenes son los más afectados por el desempleo y otras ingratitudes del mercado laboral, como la de trabajar sólo algunas horas en la semana o la de estar sobrevalorados respecto a los tipos de vinculación en una entidad o empresa.
El derecho evoluciona. No es estático y en la medida que avanza el ser humano, se impone mayores retos frente a la regulación de las relaciones en sociedad. Es así, cómo las herramientas digitales han servido para que instituciones por ejemplo el contrato laboral -tradicionalmente como lo conocemos- no sea relevante, sin que ello signifique, que no se deban proteger principios laborales.
A raíz de ello, las plataformas digitales y los medios electrónicos han aprovechado las grietas de nuestro ordenamiento laboral provocando un verdadero seísmo para evitar que los derechos que se deben reconocer a cualquier trabajador, sean desconocidos y justifique con ello su independencia precarizando su situación. Con base a ello, se viene implementando los falsos autónomos en condiciones contractuales que permiten el juego abusivo de la dignidad humana propiciado por los desajustes económicos de los últimos años de la economía colombiana.
Desde que se empleó la figura de los contratos de prestación de servicios, hizo carrera en la nación colombiana que contratistas no actúen como tal sino como verdaderos trabajadores dependientes, transgrediéndose en grado sumo los principios de estabilidad laboral y llevando con ello, el desconocimiento normativo que en la gran mayoría de casos terminan en condenas judiciales. Es tanto como desarrollar una suerte de pandemia contractual al margen de la legislación laboral que no hemos podido superar, evadiendo y vulnerando los derechos de todos los trabajadores.
Sin embargo, no podemos pasar por alto que el principio protector de la primacía de la realidad, consistente en darle prelación a las circunstancias que rodearon la relación jurídica, más que a la forma que resulte del documento contractual o cualquier otro en que se hayan visto envueltas las partes.
La principal manifestación de este criterio se da cuando se trata de disimular a un trabajador subordinado bajo la apariencia de ser independiente, contratado por honorarios, un consultor a plazo o en condiciones evasivas que pretendan vulnerar una realidad por otra aparente.
Las nuevas formas de empleo apenas cotizan a seguridad social y se aprestan a innumerables abusos sin garantías mínimas, ni protección social o compensación en caso de despido injusto. Nuestra legislación laboral debe facilitar formas de trabajo que aprovechen el cambio tecnológico y, a la vez, contengan los abusos o vacíos normativos existentes.
Colombia debe ponerse a la par de aquellos países como Alemania, Corea del Sur, Japón entre otros que han emprendido una agenda de reformas para hacer frente a los desafíos de la revolución digital.

escribió:
Roger Romero Pinto

martes, 19 de septiembre de 2017

APAGANDO MOTORES

En Colombia el pequeño y mediano empresario jamás va a poder crecer. Con esa frase lapidaria nos aterrizó a la realidad don Arturo Calle quien por muchos años ha sido símbolo de superación, esfuerzo, dedicación y empresarismo en nuestro país.
Y tampoco es casualidad que la empresa textil más grande de Colombia -Fabricato- haya tomado la decisión de suspender sus labores hasta los primeros días del mes que va corriendo.
El impacto económico que viene teniendo no solo el sector textil tan importante en Colombia, sino aquellos otros que apuestan al progreso de bienes y servicios, empieza a preocupar sobremanera a centros de desarrollo y pensamiento económicos y al mismo gobierno nacional. Se ha visto caer de manera estrepitosa los ingresos en los hogares producto de los problemas que la economía viene padeciendo. Básicamente hay desaceleración, casi estancamiento.
La Guajira no ha sido ajena a dicha situación y se impone que tanto los entes gubernamentales, agremiaciones, centros de pensamiento y los observatorios laborales promuevan el análisis que deriven en los esfuerzos dedicados a la construcción de un andamiaje institucional sólido que proteja la economía regional de los desencuentros económicos nacionales.
Ello ha llevado que las tasas de suspensión y cierre de empresas y establecimientos de comercio sean muy altas. A diario se observan letreros de se arrienda locales que otrora tenían buena proyección respecto al flujo de personal y dinero que circulaba en el mercado.
Haciendo un recorrido sencillo por la llamada Calle del Comercio, a excepción de dos establecimientos de comercio, los demás locales tristemente se encuentran a la espera de ser ocupados, mientras el Distrito de Riohacha según estadísticas proferidas por el Dane el mes anterior, ocupa uno de los primeros puestos en desempleo de Colombia. Siendo en porcentaje, mayor a la media nacional.
La ciudad tiene una conjunción de dos factores: desempleo e informalidad laboral, fundamentales para alimentar, tanto la línea de pobreza como la desigualdad social.
La crisis venezolana, los problemas institucionales durante los últimos dos años y el ingreso de mercancía ilegal vienen golpeando la economía departamental. El comercio reclama mayor atención y planes de choque que reactiven el sector y eso implica que los gobiernos municipales y el departamental ejecuten los recursos presupuestales a través de la contratación pública impactando sobre manera los mercados locales.
Este es un departamento que depende de la decisión pública y en el momento que las condiciones sean desfavorables, sólo sobrevive el más fuerte. ¡Pero dejémosles la economía a los economistas!

Escribió:
Roger Romero Pinto

miércoles, 13 de septiembre de 2017

PRECISIONES AL ACOSO LABORAL

A pesar que la dignidad humana es uno de los ejes constitucionales, cada día surgen retos para las autoridades administrativas y judiciales en cuanto su protección. No implica lo anterior que el cumplimiento de la ley menoscabe derechos de quienes se lleguen a sentir agredidos.
Quiere decir ello, que cuando un trabajador deja de cumplir sus funciones o desvíe los valores básicos de la organización para la cual labora y a la que representa, se le puede hacer un llamado de atención, que logre poner en sobre aviso las situaciones presentadas.
Con la expedición de la Ley 1010 de 2006, el Estado buscó proteger bienes jurídicos fundamentales tomando medidas de prevención, corrección y sanción de conductas reprochables en las relaciones laborales que toleren comportamientos inadecuados de los empleadores y de los trabajadores.
La reciente evolución jurisprudencial frente a la materia, ha reiterado que para que se configure un caso de acoso laboral en términos sancionables, es menester que se prueben ciertas características como el intento de dañar, la causación de un daño y el carácter deliberado, complejo, continúo y sistemático de dicha agresión. En esto, la posición tanto de la Corte Constitucional como de la jurisdicción laboral, es que la queja no se convierta en mecanismo intimidatorio de quienes pretenden hacer un daño o perjuicio con quien se presume o se tiene una disputa personal, ya que trasgrede los postulados y principios esenciales de la estabilidad laboral.
Los diferentes hechos suscitados en La Guajira hace varias semanas deben dejar ciertas reflexiones que eviten el prejuzgamiento de los actores participes en lo denunciado por los medios de comunicación. Sin conocer el fondo de los mismos, si se hace importante precisar que a pesar de que se presente la queja tal como lo establece el artículo 9 de la ley de marras, la misma en primera medida tiene un alcance conciliador cuando las obligaciones prescritas para el empleador no se han cumplido.
De allí la importancia que recobran los comités de convivencia laboral como instancia deliberatoria que encuentre las presuntas causas dentro del ambiente laboral y se logre sanear al interior de la entidad o empresa esas actuaciones que soslayan interacciones tranquilas entre compañeros de trabajo.
Es fundamental en el análisis, considerar el tipo de estructura laboral donde se produce este complejo fenómeno, dado que puede aumentar o favorecer el desarrollo del mismo.
En definitiva, el marco jurídico referente al acoso laboral establece las conductas sancionables, los sujetos disciplinables, y las características a tener en cuenta para verificar la configuración de esta situación en el sitio de trabajo. El sistema de presunciones se restringe a los actos repetidos y públicos imponiendo a los actos privados la carga de demostrar las conductas por los medios de prueba reconocidos en la ley procesal civil.
Así, estos elementos deberán ser analizados por el juez laboral o el funcionario disciplinario para identificar si en el caso concreto, se ha configurado el acoso laboral.

escribió:
Roger Romero Pinto

TOTAL VIOLENCIA EN ROBO DE CHIVOS, 1 CAPTURADO

Incursión de hombres armados en una ranchería dejó 11 personas cautivas, entre ellos 7 niños, 25 chivos sacrificados y tasajeados, una mujer...