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miércoles, 30 de enero de 2019

ELECCIONES: ¿REGIONALES O TERRITORIALES?


En Colombia, por mandato de la Constitución de 1991, no existen las regiones como entidades territoriales, tampoco circunscripciones y elecciones regionales. Mucho menos, corporaciones ni autoridades regionales.
El 27 de octubre del presente año, se realizarán las elecciones populares para escoger diputados, gobernadores, concejales, alcaldes y ediles. Este proceso eleccionario tiene como fin escoger a las autoridades territoriales de la administración pública. Verbi gracia, los administradores y coadministradores de la cosa pública quienes ejercerán el cargo para el cual fueron elegidos por un período de cuatro años que, inicia el primero de enero de 2020.
Desde que se promulgó la Constitución de 1991 (4 de julio), los altos funcionarios del Estado, periodistas de los medios de comunicación más granados del país, cuando se refieren a estas elecciones las denominan: regionales. Lo cual dista del concepto de región prevista en la Constitución, sobre todo cuando hace referencia a la división territorial que por mandato constitucional existe en el país.
En efecto, la Constitución Política, señala “son entidades territoriales los departamentos, los distritos, los municipios y los territorios indígenas”. Además, “la ley podrá darles el carácter de entidades territoriales a las regiones y provincias que se constituyan en los términos de la Constitución y de la ley” (Articulo 286 superior).
Al tenor del mandato constitucional, las regiones (Región Administrativa de Planificación, RAP, y Región Entidad Territorial, RET, no existen. Requieren de un desarrollo legislativo para su existencia, sea, como RAP o RET. Solamente, el día jueves 17 de mayo de 2018, la plenaria del Senado aprobó en segundo debate, por 71 votos a 4, el proyecto de Ley “se dictan normas orgánicas para el fortalecimiento de la Región Administrativa de Planificación (RAP), se establecen las condiciones para su conversión en Región Entidad Territorial (RET)”. La Ley no ha sido sancionada.
Luego entonces, mal podríamos hablar de elecciones regionales, donde tendrían que elegirse miembros de corporaciones públicas y gobernantes regionales, cuando a la fecha no se ha expedido la Ley para darle el carácter de entidades territoriales a las regiones. Así lo prevé, el articulo 306 superior que, dice: “dos o más departamentos podrán constituirse en regiones administrativas y de planificación, con personería jurídica, autonomía y patrimonio propio. Su objeto principal será el desarrollo económico y social del respectivo territorio” y seguidamente el mandato constitucional expresa: “la respectiva ley orgánica, previo concepto de la Comisión de Ordenamiento Territorial, establecerá las condiciones para solicitar la conversión de la región en entidad territorial. La decisión tomada por el Congreso se someterá en cada caso a referendo de los ciudadanos de los departamentos interesados” (art. 307 superior).
En otras palabras, para hablar de elecciones regionales en Colombia, se necesitaría en primer lugar la aprobación, promulgación y publicación de la ley orgánica a la que hice referencia. Esta solo daría paso a la Región Administrativa de Planeación. Posteriormente, se tendría que producir la conversión en Región Entidad Territorial, para lo cual se requerirá su sometimiento a un referendo de cada uno de los departamentos interesados. O sea, que, aún en Colombia para hablar de elecciones regionales falta un camino largo, espinoso y culebrero. Mientras tanto debemos llamar respetando y acatando el ordenamiento jurídico, las cosas por su nombre.
En otras palabras, las elecciones que se van a realizar en el mes de octubre del presente año no son regionales sino territoriales. O sea, departamental, distrital y municipal. Seguir insistiendo en la utilización del término regionales, para referirse a las elecciones que se avecina es un craso error del léxico jurídico y su alcance constitucional.

escribió:
Ignacio Escudero Fuentes
Abogado especialista en derecho público Uninacional – docente Uniguajira

lunes, 21 de mayo de 2018

REGIÓN, COMO ENTIDAD TERRITORIAL?


Desde cuando se promulgó la Constitución Política de 1991, producto de una Asamblea Nacional Constituyente, nunca antes durante los 27 años de vigencia se había avanzado desde el punto de vista legislativo en el concepto de región.
En efecto, el día jueves 17 de mayo de la presente anualidad, la plenaria del Senado aprobó en segundo debate, por 71 votos a 4, el proyecto de Ley “se dictan normas orgánicas para el fortalecimiento de la Región Administrativa de Planificación, RAP, se establecen las condiciones para su conversión en Región Entidad Territorial, RET”, viejo anhelo del Caribe Colombiano, en particular del actual gobernador del Atlántico y exconstituyente, Eduardo Verano De La Rosa, su líder natural.
Para ilustración de los lectores y como ejercicio eminentemente académico-jurídico, no político, me permito hacer algunas precisiones de tipo normativo acerca del concepto de región y su desarrollo constitucional. Al igual que, reflexiones y afirmaciones sobre dicha iniciativa legislativa y sus futuras trascendencias en el postulado constitucional de autonomía de las entidades territoriales y la descentralización administrativa.
La Constitución Política, señala que “son entidades territoriales los departamentos, los distritos, los municipios y los territorios indígenas”. Además, “la ley podrá darles el carácter de entidades territoriales a las regiones y provincias que se constituyan en los términos de la Constitución y de la ley” (Artículo 286 superior).
Al tenor del mandato constitucional, las regiones (Región Administrativa de Planificación, RAP y  Región Entidad Territorial, RET), no existen. Requieren de un desarrollo legislativo para su existencia, sea, como RAP o RET.
La misma Constitución de 1991, señala los trámites que se deben surtir para su conformación tanto de una como otra. En efecto, la norma constitucional en su parte dice “dos o más departamentos podrán constituirse en regiones administrativas y de planificación,…”. Hasta aquí, podemos aseverar que se avanza significativa para alcanzar tal propósito.
Aún el camino por transitar, requiere de dos debates en comisión y plenaria de la Cámara de Representante, para luego pasar a sanción presidencial. Es importante recordar que el gobierno nacional en más de una oportunidad ha manifestado, sobretodo el ministro de Hacienda que no hay plata, tal como ocurrió con la Ley de nacionalización de la Universidad de La Guajira.
De todas maneras, a diferencia de los intereses de los guajiros, en esta oportunidad están los de ocho departamentos, La Guajira, inclusive. Traigo a colación la siguiente frase que nos viene como anillo al dedo somos buenos para apoyar, malos para que nos apoyen.
Ahora, si se aprueba en la presente legislatura tal iniciativa, el balón quedaría en la cancha del gobierno, quien con el sol a la espalda, no sabemos si cumple o no con una deuda histórica con el Caribe colombiano. Sobretodo que, hizo con La Guajira lo que se le dio la gana y con la Constitución dio al traste con las buenas intenciones del constituyente del 91, en cuanto a descentralización y la autonomía territorial.
Entonces, ¿Qué pasaría con la región como entidad territorial? Bueno, vendría otra travesía con el nuevo gobierno. O sea, convertir la RAP en RET. ¿Cuál sería el camino a seguir? Revisemos la norma constitucional que, sobre el particular señala “La respectiva ley orgánica, previo concepto de la Comisión de Ordenamiento Territorial, establecerá las condiciones para solicitar la conversión de la región en entidad territorial.
La decisión tomada por el Congreso se someterá en cada caso a referendo de los ciudadanos de los departamentos interesados”.
En otras palabras, aprobada la Ley Orgánica que crea la RAP, se tendrá que, previo concepto de la Comisión de Ordenamiento Territorial, solicitar al Congreso la conversión a región como entidad territorial. Una vez tomada la decisión en el Congreso, cada departamento a través de sus autoridades con la Registraduria Nacional, convocar y realizar un referendo, donde se le consultará al pueblo si está sí o no, de acuerdo con dicha iniciativa.
O sea, que, el camino para que exista en Colombia la región como entidad territorial, es largo y culebrero. Se ha dado un gran paso, gracias a la perseverancia de Verano De la Rosa, a quien desde la promulgación de la Constitución de 1991, no deja de insistir, persistir, nunca desistir.
Adenda única: con la creación de las regiones como entidades territoriales, pronto en Colombia tendremos, elecciones regionales, Asamblea Regional y por supuesto gobernadores regionales.

escribió:
Ignacio Escudero Fuentes
Abogado y docente Uniguajira

miércoles, 18 de octubre de 2017

PROSTITUIRSE EN ELECCIÓN SE PIERDE EL PODER EXIGIR INVERSIÓN PARA LA GUAJIRA

Hoy dimos un paso importante, con la asistencia del gobernador del Atlántico, Eduardo Verano, como líder del ambicioso proyecto RAP para unificar a la región Caribe se aclaró cuál sería la participación de La Guajira como departamento fundador en la firma del 19 de octubre de 2017.
Se estableció que apenas se está construyendo las bases para poner en funcionamiento el RAP y a La Guajira la invitan a que haga parte como socio fundador y estratégico, que es importante.
Asistí a las dos reuniones realizadas el día de hoy donde el Departamento no le puede dar la espalda al desarrollo regional, no podemos cometer el error de la empresa de Kodak quien se apartó de lo nuevo, del desarrollo tecnológico, pues vinieron otras empresas que unieron telefonía más cámara y quebró a la compañía, así nos puede pasar, debemos de ingresar al RAP y después colocar nuestras reglas de juego, ellos no se pueden llevar la tierra ni los minerales, los recursos son de nuestro Departamento y a eso le debemos de apostar, sabiendo que en las próximas elecciones el departamento debe de tener senadores que los defienda en estas instancias regionales.
Vamos para Barranquilla el 19 de octubre en representación de los amigos, niños y principalmente La Guajira, si no hay nadie quien saque la cara por el departamento, yo sí lo hago con orgullo y satisfacción pues somos el mejor departamento de la región Caribe.

escribió:
Luis De la Hoz López

domingo, 8 de octubre de 2017

INTEGRAR LA RAP CARIBE NO ES OBLIGATORIO Y ES FALSO QUE QUEDEMOS AISLADOS: HUGO BANDERA

Sin la aprobación y concertación de los guajiros a participar de la RAP Caribe  este tema estará sujeto solo al ciclo político que vivimos hoy y no generará institucionalidad.
Hoy en día es claro que la RAP 1) solo es financiada con contrapartidas de los departamentos que la integran (para funcionamiento) y si estos aportes son altos alcanzaran para inversión, cosa que no pasa por la debilidad financiera de la entidades territoriales. 2) otros recursos de financiación pueden ser los de cooperación internacional.
3) también pueden ser recursos de financiación pero solo para inversión y desarrollo, como los Fondos de Compensación Regional, FCR; Fondo de Ciencia, Tecnológica e Información, C&T; el Fondo de Desarrollo Regional, FDR; todos del Sistema General de Regalías, SGR; los cuales buscaban fortalecer el enfoque regional en la planificación y reducir los desequilibrios sociales, esto según la reforma constitucional (acto legislativo 05 de 2011), pero a estos recursos solo podría aplicar en la RAP a través de los Ocad, (los regionales definen igualmente la inversión en los departamentos, los mismos que conforman el Ocad regional conforman la RAP Caribe) dicho de otra manera, la RAP podría definir un porcentaje de estos fondos para inversión regional en proyectos de impacto común en los departamentos, reduciendo así la inversión que puedan hacer algunos departamentos como La Guajira con los recursos de estos fondos.

CUÁL ES LA POSICIÓN DE LOS 15 MUNICIPIOS?
Teniendo en cuenta que: el municipio, es considerado la entidad fundamental de la organización político-administrativa del país, ya que en su espacio territorial se configura el complejo de las relaciones sociales y de los vínculos directos entre el Estado y el ciudadano. Por esta razón, es la entidad más importante donde se deben desarrollar principios como la autonomía territorial y el ejercicio de  la democracia directa con miras a garantizar la resolución de problemáticas y necesidades. Asimismo, en el espacio local se debe dar lugar a un proceso de toma de decisiones ajustado a las preferencias y particularidades de sus dinámicas económicas, sociales, culturales y políticas. (sentencia C-478 de 1992).
En el foro realizado en las instalaciones de la Universidad de La Guajira el día viernes 6 de octubre de 2017, los dos representantes de la administración departamental no presentaron la visión, ni que busca el departamento en la RAP Caribe... Cómo me monto en un bus que no se para dónde me lleva? O es que debemos aplicar el dicho que dice pa' donde va Vicente...
Pienso que debemos construir un plan estratégico y analizar todas las opciones de integración, así como lo presentó César Arismendi de Guajira 360°, alternativas como integración con departamentos como Cesar y Santander, los cuales presentan fortalezas diferentes, al igual que la propuesta de José Manuel Abuchaibe Escolar de Entidades Territoriales Indígenas, ETI, con la cual podríamos conseguir hasta autonomía fiscal.
Pienso que es falso cuando se nos dice que si no nos integramos a la RAP Caribe nos aislamos porque quedó demostrado qué hay otras opciones !

escribió:
Hugo Bandera Calderón

viernes, 6 de octubre de 2017

COLOQUIO ENTRE IGUALES

Se atribuye a Bernard Shaw aquello de que lo único que aprendemos de la historia es que el hombre nunca aprende nada de la historia. Colombia ha sufrido en cada momento los errores de no entender los procesos de regionalización o la autonomía regional.
Una de las realizaciones más importantes, y frustrantes, ha sido la puesta en marcha del ordenamiento territorial que estableció la Constitución Política. El espíritu de los constituyentes se concentró en buscar criterios sólidos para proponer una mejor organización del territorio, más acorde con realidades históricas, culturales y sociales.
En estos días el debate mundial se ha centrado en la intención de separación de la comunidad autonómica de Cataluña. España tiene un sistema de gobierno alrededor de una monarquía constitucional que se desarrolla bajo un Estado regional, a diferencia de lo que conocemos como Estados federales o sistemas presidencialistas.
Mientras los catalanes insisten a través de los mecanismos democráticos en su separación, echando un vistazo al caso colombiano, luego que se tramitara la iniciativa para implementar las Regiones Administrativas de Planeación, RAP como institución jurídica establecida por el Congreso de la República, varios de los gobernadores de la región Caribe quedaron desinflados por la carta centralista que raudo expidió el ministro de Hacienda, Cárdenas.
Como quien dice, le cortó las alas al ánimo de integrarse sin que aún el esfuerzo territorial tenga las reglas claras para cada uno de los siete departamentos.
En Colombia no se le para bolas a las regiones -solo en elecciones- y en la medida que la miran, en muchas ocasiones, es para estigmatizarlas o intervenirle sus unidades ejecutoras tal como ha sucedido en algunos departamentos entre ellos La Guajira con la educación, salud y PDA (Plan Departamental de Agua).
La autonomía que hace décadas reclaman las provincias de Colombia, se debe no sólo al abandono de los gobiernos centrales sino a la falta de interpretación de las necesidades locales que difícilmente se entienden desde un frío escritorio bogotano. La discusión debe partir en cómo hacer frente a esa dualidad administrativa y económica entre el centro y las costas. En los diferentes foros o debates que se han programado por estos días, se deben llevar posiciones antagónicas jurídicas y técnicas donde se evalúen ambos escenarios.
La RAP per se no me parece mala, ya que nacería bajo un cuadro de fragmentación de la región Caribe y en este sentido articularia una organización de concertación política, pero al mismo tiempo justificando dentro de esos espacios de diálogos, sus bondades para cada uno de los entes territoriales que la integren.
Hay que centralizar la política y descentralizar la economía; ha llegado el momento de una auténtica descentralización administrativa del gobierno nacional tal como lo establece el artículo 1° de la Constitución Política, sin que ello conlleve salir de la asfixiante Bogotá para meternos en Barranquilla. El coloquio debe darse entre iguales ya que este es un país de regiones con comportamientos centralistas y punto.
No es posible con ejemplos tan sencillos, que una licencia marítima o las decisiones sobre puertos se dé a 2.600 metros sobre el nivel del mar y no en las costas.

escribió:
Roger Romero Pinto

TOTAL VIOLENCIA EN ROBO DE CHIVOS, 1 CAPTURADO

Incursión de hombres armados en una ranchería dejó 11 personas cautivas, entre ellos 7 niños, 25 chivos sacrificados y tasajeados, una mujer...