Desde cuando se promulgó la
Constitución Política de 1991, producto de una Asamblea Nacional Constituyente,
nunca antes durante los 27 años de vigencia se había avanzado desde el punto de
vista legislativo en el concepto de región.
En efecto, el día jueves 17 de
mayo de la presente anualidad, la plenaria del Senado aprobó en segundo debate,
por 71 votos a 4, el proyecto de Ley “se dictan normas orgánicas para el
fortalecimiento de la Región Administrativa de Planificación, RAP, se
establecen las condiciones para su conversión en Región Entidad Territorial, RET”,
viejo anhelo del Caribe Colombiano, en particular del actual gobernador del
Atlántico y exconstituyente, Eduardo Verano De La Rosa, su líder natural.
Para ilustración de los
lectores y como ejercicio eminentemente académico-jurídico, no político, me
permito hacer algunas precisiones de tipo normativo acerca del concepto de región
y su desarrollo constitucional. Al igual que, reflexiones y afirmaciones sobre
dicha iniciativa legislativa y sus futuras trascendencias en el postulado
constitucional de autonomía de las entidades territoriales y la
descentralización administrativa.
La Constitución Política,
señala que “son entidades territoriales los departamentos, los distritos, los
municipios y los territorios indígenas”. Además, “la ley podrá darles el
carácter de entidades territoriales a las regiones y provincias que se
constituyan en los términos de la Constitución y de la ley” (Artículo 286
superior).
Al tenor del mandato
constitucional, las regiones (Región Administrativa de Planificación, RAP
y Región Entidad Territorial, RET), no
existen. Requieren de un desarrollo legislativo para su existencia, sea, como
RAP o RET.
La misma Constitución de 1991,
señala los trámites que se deben surtir para su conformación tanto de una como
otra. En efecto, la norma constitucional en su parte dice “dos o más
departamentos podrán constituirse en regiones administrativas y de
planificación,…”. Hasta aquí, podemos aseverar que se avanza significativa para
alcanzar tal propósito.
Aún el camino por transitar,
requiere de dos debates en comisión y plenaria de la Cámara de Representante,
para luego pasar a sanción presidencial. Es importante recordar que el gobierno
nacional en más de una oportunidad ha manifestado, sobretodo el ministro de
Hacienda que no hay plata, tal como ocurrió con la Ley de nacionalización de la
Universidad de La Guajira.
De todas maneras, a diferencia
de los intereses de los guajiros, en esta oportunidad están los de ocho
departamentos, La Guajira, inclusive. Traigo a colación la siguiente frase que nos
viene como anillo al dedo somos buenos para apoyar, malos para que nos apoyen.
Ahora, si se aprueba en la
presente legislatura tal iniciativa, el balón quedaría en la cancha del
gobierno, quien con el sol a la espalda, no sabemos si cumple o no con una
deuda histórica con el Caribe colombiano. Sobretodo que, hizo con La Guajira lo
que se le dio la gana y con la Constitución dio al traste con las buenas
intenciones del constituyente del 91, en cuanto a descentralización y la
autonomía territorial.
Entonces, ¿Qué pasaría con la
región como entidad territorial? Bueno, vendría otra travesía con el nuevo
gobierno. O sea, convertir la RAP en RET. ¿Cuál sería el camino a seguir?
Revisemos la norma constitucional que, sobre el particular señala “La
respectiva ley orgánica, previo concepto de la Comisión de Ordenamiento
Territorial, establecerá las condiciones para solicitar la conversión de la
región en entidad territorial.
La decisión tomada por el
Congreso se someterá en cada caso a referendo de los ciudadanos de los
departamentos interesados”.
En otras palabras, aprobada la
Ley Orgánica que crea la RAP, se tendrá que, previo concepto de la Comisión de
Ordenamiento Territorial, solicitar al Congreso la conversión a región como
entidad territorial. Una vez tomada la decisión en el Congreso, cada
departamento a través de sus autoridades con la Registraduria Nacional,
convocar y realizar un referendo, donde se le consultará al pueblo si está sí o
no, de acuerdo con dicha iniciativa.
O sea, que, el camino para que
exista en Colombia la región como entidad territorial, es largo y culebrero. Se
ha dado un gran paso, gracias a la perseverancia de Verano De la Rosa, a quien
desde la promulgación de la Constitución de 1991, no deja de insistir,
persistir, nunca desistir.
Adenda única: con la creación
de las regiones como entidades territoriales, pronto en Colombia tendremos, elecciones
regionales, Asamblea Regional y por supuesto gobernadores regionales.
escribió:
Ignacio Escudero Fuentes
Abogado y docente Uniguajira
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