El Tribunal Superior de Bogotá, en Sala de Decisión
Penal, resolvió revocar a favor del procesado Juan Francisco Gómez Cerchar, las
providencias del 20 de marzo y 2 de junio del 2015, por el juez 9no Penal del
Circuito Especializado, y en su lugar, admitir la incorporación de las
fotografías presentadas por el procesado en su interrogatorio, así como
insistir en los testimonios de Alcibíades Pinto y Loly López.
El tribunal
resolvió la apelación interpuesta por la defensa de Juan Francisco Gómez
Cerchar al negar la incorporación de pruebas visuales como fotografías y
testimonio en las audiencias del 5 de junio, quienes fueron citados los
testigos Erlin Cortés Hernández, Alcibíades Pinto, William López Peralta, Loly
López, Juan Rodríguez Frías y José Ustariz, por parte de la Fiscalía.
Asimismo, el
tribunal avaló el recurso interpuesto por la defensa, que se
presentó ante los estrados las fotografías correspondientes a
la casa de habitación y del predio La Curva de propiedad del procesado y cuya
evidencia son para explicar las ubicaciones geográficas relevantes en éste
proceso.
Por otra parte,
el Alto Tribunal basó su fallo en la administración de la justicia,
declarando que se debe tener el derecho sustancial el cual está
sustentado en el artículo 228 de la Constitución Nacional, prevaleciendo las
garantías procesales al indiciado, además de fortalecer el principio de
libertad probatoria, el cual respalda las pruebas de evidencias solicitadas y
apeladas por la defensa del exgobernador Juan Francisco Gómez Cerchar.
texto: rptnoticias.com
foto: video Fiscalía
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